Dirección: Responsable de planear, organizar,
dirigir, controlar y evaluar la prestación del servicio de educación secundaria
técnica en el plantel a su cargo, de acuerdo con las disposiciones técnicas,
administrativas y legales que expiden las autoridades educativas.
Subdirección: Cumplir y hacer cumplir las
funciones encomendadas a las diversas áreas del plantel, de acuerdo con las
disposiciones que le señale la Dirección.
Coordinación de Actividades Académicas y
Tecnológicas: Coordinar el desarrollo de las actividades académicas y tecnológicas
encomendadas al profesorado a su cargo, así como orientar a los Padres de
Familia y alumnos respecto a problemas de evaluación del aprendizaje,
apegándose a los preceptos legales vigentes y buscando el logro de los objetivos
de la educación secundaria.
Otra función es la de sugerir y apoyar a los maestros para que
encuentren los métodos y técnicas adecuadas para elevar el nivel y la calidad
del aprendizaje.
Academias de Maestros: Órganos
consultivos del plantel en materia de planes de estudio, programación docente,
orientación técnico-pedagógica, investigaciones y estudios especiales,
integradas por los profesores de una misma área de enseñanza.
Profesorado: Responsable de conducir, en los
grupos de alumnos a su cargo, los procesos de enseñanza y de aprendizaje de la
materia (s) que imparten, cumpliendo con el plan y programa de estudio
correspondiente, así como con los contenidos y métodos aprobados. Además, les
corresponde: a) evaluar el aprendizaje, de conformidad a las normas emitidas al
respecto; b) motivar al alumno para lograr cambios positivos en su formación
integral, y c) asumir la responsabilidad de la disciplina y las actividades que
acontezcan en su hora de clase.
Tutores: Profesor (a) que participa con un
grupo de alumnos orientándolos y buscando la vinculación entre ellos mismos y
con los demás organismos de la escuela; les auxilia a planear, organizar,
controlar y evaluar las actividades que, en lo individual o en lo grupal,
emprendan social, política, cultural, económica o deportivamente, promoviendo
un ambiente de democracia, autorresponsabilidad, armonía, solidaridad y cohesión
del grupo.
Coordinación de Servicios Educativos
Complementarios: Establece lineamientos y criterios que orienten la organización y
funcionamiento desde la perspectiva preventiva e interdisciplinaria que
favorezcan el desarrollo del educando.
Prefectura: Vigila y orienta a los alumnos para
que cumplan, con responsabilidad y convencimiento, lo dispuesto en el
reglamento escolar, así como las disposiciones y medidas que señalen las
autoridades y que desarrollen actitudes y hábitos que contribuyan a la
formación integral del educando.
Consejo Técnico Escolar: Es el organismo
que está destinado a la conducción de la escuela en la planeación, programación
y evaluación de las actividades educativas y en la solución de problemas
específicos que pudieran presentarse. Está constituido por la Dirección, la
Subdirección, las Coordinaciones mencionadas y el profesorado de actividades académicas y tecnológicas.
Delegación D-II-115
de la Sección 32 del SNTE: Organismo político - laboral que agrupa al
personal de la escuela y tiene por objeto fundamental el defender los intereses
sociales, económicos y profesionales de sus miembros; mantener íntegra la
independencia y autonomía del propio sindicato y colaborar permanentemente en
la realización del esfuerzo educativo nacional, conforme a los ideales de la
Revolución Mexicana y del artículo 3º Constitucional. Su órgano de gobierno es
la Asamblea General Delegacional.