viernes, 9 de abril de 2010

Comunidad escolar

Dirección: Responsable de planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar la prestación del servicio de educación secundaria técnica en el plantel a su cargo, de acuerdo con las disposiciones técnicas, administrativas y legales que expiden las autoridades educativas.
Subdirección: Cumplir y hacer cumplir las funciones encomendadas a las diversas áreas del plantel, de acuerdo con las disposiciones que le señale la Dirección.
Coordinación de Actividades Académicas y Tecnológicas: Coordinar el desarrollo de las actividades académicas y tecnológicas encomendadas al profesorado a su cargo, así como orientar a los Padres de Familia y alumnos respecto a problemas de evaluación del aprendizaje, apegándose a los preceptos legales vigentes y buscando el logro de los objetivos de la educación secundaria.
Otra función es la de sugerir y apoyar a los maestros para que encuentren los métodos y técnicas adecuadas para elevar el nivel y la calidad del aprendizaje.
Academias de Maestros: Órganos consultivos del plantel en materia de planes de estudio, programación docente, orientación técnico-pedagógica, investigaciones y estudios especiales, integradas por los profesores de una misma área de enseñanza.
Profesorado: Responsable de conducir, en los grupos de alumnos a su cargo, los procesos de enseñanza y de aprendizaje de la materia (s) que imparten, cumpliendo con el plan y programa de estudio correspondiente, así como con los contenidos y métodos aprobados. Además, les corresponde: a) evaluar el aprendizaje, de conformidad a las normas emitidas al respecto; b) motivar al alumno para lograr cambios positivos en su formación integral, y c) asumir la responsabilidad de la disciplina y las actividades que acontezcan en su hora de clase.
Tutores: Profesor (a) que participa con un grupo de alumnos orientándolos y buscando la vinculación entre ellos mismos y con los demás organismos de la escuela; les auxilia a planear, organizar, controlar y evaluar las actividades que, en lo individual o en lo grupal, emprendan social, política, cultural, económica o deportivamente, promoviendo un ambiente de democracia, autoresponsabilidad, armonía, solidaridad y cohesión del grupo.
Coordinación de Servicios Educativos Complementarios: Establece lineamientos y criterios que orienten la organización y funcionamiento desde la perspectiva preventiva e interdisciplinaria que favorezcan el desarrollo del educando.
Medicina escolar: Cuida y procura el fortalecimiento de la salud física y mental de los estudiantes por medio de servicios y orientación médica, así como campañas de educación higiénica y salud pública.
Prefectura: Vigila y orienta a los alumnos para que cumplan, con responsabilidad y convencimiento, lo dispuesto en el reglamento escolar, así como las disposiciones y medidas que señalen las autoridades y que desarrollen actitudes y hábitos que contribuyan a la formación integral del educando.
Consejo Técnico Consultivo: Es el organismo que está destinado a la conducción de la escuela en la planeación, programación y evaluación de las actividades educativas y en la solución de problemas específicos que pudieran presentarse. Está constituido por la Dirección, la Subdirección, los educativos, tres profesores de actividades académicas y tres de actividades tecnológicas, además de un representante de los alumnos por grado y grupo.
Delegación D-II-115 de la Sección 32 del SNTE: Organismo político - laboral que agrupa al personal de la escuela y tiene por objeto fundamental el defender los intereses sociales, económicos y profesionales de sus miembros; mantener íntegra la independencia y autonomía del propio sindicato y colaborar permanentemente en la realización del esfuerzo educativo nacional, conforme a los ideales de la Revolución Mexicana y del artículo 3º Constitucional. Su órgano de gobierno es la Asamblea General Delegacional.